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Situación
actual del desarrollo de la especialidad de
Enfermería en Salud Familiar y Comunitaria
La
Comisión de Educación del Congreso de los Diputados, el pasado 17 de
abril de 2002, la Proposición no de Ley
presentada
en febrero de 2002 relativa al desarrollo definitivo de las Especialidades
de Enfermería creadas por Real Decreto 990/1987(I). En ellas se insta al
Gobierno a que
adopte
las medidas necesarias para el desarrollo de dichas Especialidades a
través del Sistema de Enfermero Interno Residente (EIR). según Orden de
2-1 de junio (de 1998 que desarrolla el Real
Decreto
990/1897
Los
requisitos específicos de acreditación de las Unidades y Programa
Formativo de la Especialidad de Enfermería en Salud Familiar y
Comunitaria (ESEyC) fue elaborado y presentado el pasado
mes de febrero de 2002. por el grupo de expertos creador coordinado por el
Comité Asesor de
Especialidades
de Enfermería a instancias del Ministerio de Sanidad y Consumo, siendo
aprobado por dicho Comité en el mes de marzo. En la elaboración de dicho
programa, participaron:
-
Myrian
Ovalle Bernal (Represéntame del Comité Asesor de Especialidades
y Coordinadora del Grupo).
-
Ángel
Abad Bassols (Representante de las Asociaciones Científicas de
Enfermería).
-
Alfonso
Antona Rodríguez y Teresa Icart Isem (Representantes del
Consejo General de Enfermería).
-
Rosa
Arnal Selfa y Mª Antonia Campos i Osaba (Representantes del
Ministerio de Sanidad_y Consumo).
-
Julio Fernandez
Garrido y Petri Rogero Anaya
(Representantes del Ministerio de Educación y Ciencia y Deporte).
Actualmente
el Ministerio de Sanidad y Consumo, cumpliendo con las
indicaciones de la Proposición no de Ley aprobadas en el Congreso de los
Diputados, ha iniciado los trámites necesarios
para la
información y consulta a las distintas instituciones}' organizaciones
implicadas como son
el
Consejo de Universidades, Consejo General de Enfermería, Comunidades
Autónomas, del
Real
Decreto con la actuación de las disposiciones transitorias y Catálogo de
Especialidades en el
que
está incluida la Especialidad de ESFyC.
A
instancias de la Proposición no de Ley aprobada por el Congreso de los
Diputados, también se
han
iniciado los trámites necesarios para la publicación de la Resolución
de la Secretaría de Estado del Ministerio de Educación, Ciencia y
Deportes, con los requisitos específicos de acreditación de las Unidades
Docentes y del Programa Formativo de cada una de las Especialidades (2).
•Una vez
publicadas en el BOE las Resoluciones y el Real Decreto se podrá iniciar
a propuesta de
cada Comunidad Autónoma la acreditación de las Unidades Docentes de cada
especialidad. Iniciándose el proceso de obtención del título de
Enfermero Especialista a través de los mecanismos definidos para acceder
al mismo- Es importante recordar al respecto, que en la Orden que
desarrolla el
R.D.
990/1987 se Índica en su Artículo 7 (punto 3), que "La oferta de
plazas de las diferentes unidades docentes acreditadas, se elaborará de
acuerdo con la capacidad docente de las mismas, la propuesta formulada por
la Comunidad Autónoma, las disponibilidades presupuestarias y la demanda
estimada
de especialistas en Enfermería, así como con los compromisos adquiridos
por el Estado
español
a través de Convenios y Tratados internacionales...".y en el
Artículo (punto 2) se hace referencia a "Los órganos competentes de
las Comunidades Autónomas podrán establecer, notificándolo a los
Ministerio-s de Educación y Cultura y de Sanidad y Consumo, complementos
docentes a los
programas
formativos de cada especialidad, y especialmente los orientados a promover
la mejor integración del residente en la estructura asistencia! del
correspondiente Servicio de Salud y del Sistema de Salud en su
conjunto".
La
contribución de los profesionales al futuro desarrollo de las
Especialidades esta previsto que se
realice
a través de su participación en las Comisiones Nacionales de cada
Especialidad. Para ello serán designados tres representantes, siendo
elegido dos por el Consejo General de Enfermería y uno
por la
Asociación Científica de ámbito estatal que corresponda, según regula
el R.D. 990/1987.
Ángel
Abad Bassols
Miembro de
SEMAP y representante de FAECAP en el Grupo de Trabajo
que ha elaborado el Programa normativo de la Especialidad
(1)Real
Decreto 992/19t87 de 3 de julio, por el que se regula la obtención
del título de Enfermero especialista,
(2)
Informe: desarrollo de la Especialidad de Enfermería en Salud familiar
y Comunitaria. Pág.. Web-
http://www.semap.org
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