Situación actual del desarrollo de la especialidad de Enfermería en Salud Familiar y Comunitaria

 

La Comisión de Educación del Congreso de los Diputados, el pasado 17 de abril de 2002, la Proposición no de Ley presentada en febrero de 2002 relativa al desarrollo definitivo de las Especialidades de Enfermería creadas por Real Decreto 990/1987(I). En ellas se insta al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para el desarrollo de dichas Especialidades a través del Sistema de Enfermero Interno Residente (EIR). según Orden de 2-1 de junio (de 1998 que desarrolla el Real Decreto 990/1897

 

Los requisitos específicos de acreditación de las Unidades y Programa Formativo de la Especialidad de Enfermería en Salud Familiar y Comunitaria (ESEyC) fue elaborado y presentado el pasado mes de febrero de 2002. por el grupo de expertos creador coordinado por el Comité Asesor de Especialidades de Enfermería a instancias del Ministerio de Sanidad y Consumo, siendo aprobado por dicho Comité en el mes de marzo. En la elaboración de dicho programa, participaron:

 

  • Myrian Ovalle Bernal (Represéntame del Comité Asesor de Especialidades y Coordinadora del Grupo).

  • Ángel Abad Bassols (Representante de las Asociaciones Científicas de Enfermería).

  • Alfonso Antona Rodríguez y Teresa Icart Isem  (Representantes del Consejo General de Enfermería).

  • Rosa Arnal Selfa y Mª Antonia Campos i Osaba (Representantes del Ministerio de Sanidad_y Consumo).

  • Julio Fernandez Garrido y Petri Rogero Anaya (Representantes del Ministerio de Educación y Ciencia y Deporte).

 

Actualmente el Ministerio de Sanidad   y Consumo, cumpliendo con las indicaciones de la Proposición no de Ley aprobadas en el Congreso de los Diputados, ha iniciado los trámites necesarios para la información y consulta a las distintas instituciones}' organizaciones implicadas como son el Consejo de Universidades, Consejo General de Enfermería, Comunidades Autónomas, del Real Decreto con la actuación de las disposiciones transitorias y Catálogo de Especialidades en el que está incluida la Especialidad de ESFyC.

 

A instancias de la Proposición no de Ley aprobada por el Congreso de los Diputados, también se han iniciado los trámites necesarios para la publicación de la Resolución de la Secretaría de Estado del Ministerio de Educación, Ciencia y Deportes, con los requisitos específicos de acreditación de las Unidades Docentes y del Programa Formativo de cada una de las Especialidades (2).

•Una vez publicadas en el BOE las Resoluciones y el Real Decreto se podrá iniciar a propuesta de cada Comunidad Autónoma la acreditación de las Unidades Docentes de cada especialidad. Iniciándose el proceso de obtención del título de Enfermero Especialista a través de los mecanismos definidos para acceder al mismo- Es importante recordar al respecto, que en la Orden que desarrolla el R.D. 990/1987 se Índica en su Artículo 7 (punto 3), que "La oferta de plazas de las diferentes unidades docentes acreditadas, se elaborará de acuerdo con la capacidad docente de las mismas, la propuesta formulada por la Comunidad Autónoma, las disponibilidades presupuestarias y la demanda estimada de especialistas en Enfermería, así como con los compromisos adquiridos por el Estado español a través de Convenios y Tratados internacionales...".y en el Artículo (punto 2) se hace referencia a "Los órganos competentes de las Comunidades Autónomas podrán establecer, notificándolo a los Ministerio-s de Educación y Cultura y de Sanidad y Consumo, complementos docentes a los programas formativos de cada especialidad, y especialmente los orientados a promover la mejor integración del residente en la estructura asistencia! del correspondiente Servicio de Salud y del Sistema de Salud en su conjunto".

 

La contribución de los profesionales al futuro desarrollo de las Especialidades esta previsto que se realice a través de su participación en las Comisiones Nacionales de cada Especialidad. Para ello serán designados tres representantes, siendo elegido dos por el Consejo General de Enfermería y uno por la Asociación Científica de ámbito estatal que corresponda, según regula el R.D. 990/1987.

 

Ángel Abad Bassols

Miembro de SEMAP y representante de FAECAP en el Grupo de Trabajo que ha elaborado el Programa normativo de la Especialidad

 

(1)Real Decreto 992/19t87 de 3  de julio, por el que se regula la obtención del título de Enfermero especialista,

(2) Informe: desarrollo de la Especialidad de Enfermería en Salud familiar y  Comunitaria. Pág.. Web- http://www.semap.org