|
|
|
|
INFORME
SOBRE LA DEFINICIÓN DEL VOCABLO ENFERMERÍA 1. INTRODUCCIÓN Al
parecer está previsto que la Real Academia incorpore, en la próxima
edición de su Diccionario, una nueva acepción del término “Enfermería”,
referida a ésta como disciplina profesional. Durante
el año 2000, el Pleno de la Real Academia Española ha aprobado tres
redacciones del vocablo “Enfermería -“ La primera de ellas, fue: “Enfermería:....2.
Profesión y titulación de la persona que se dedica al cuidado y atención
de los enfermos, bajo la
dirección de un médico”. Después
de recibir varios miles de
propuestas de enmiendas a esa redacción, el Pleno de la Real Academia
Española, en su sesión de 19 de octubre de 2000 aprobó una nueva redacción del vocablo Enfermería en los
siguientes términos: “Enfermería:....2.
Profesión y titulación de la persona que se dedica al cuidado y atención
de los enfermos, normalmente bajo la dirección de un médico”,
redacción que también ha sido ampliamente rechazada por el colectivo
profesional, ya que en lo que
se refiere a nuestra disciplina profesional limita la actuación de los
profesionales al cuidado de los enfermos, estableciendo además que
normalmente lo hace bajo la dirección de un médico, ambos extremos
contrarios al sentido y a la realidad de la profesión de Enfermería,
tanto en lo que concierne a la regulación Normativa de las estructuras
organizativas dónde trabajan las enfermeras [1]
y del ejercicio profesional como en lo
referente a la práctica cotidiana que llevan a cabo cada día las enfermeras en los ámbitos más
diversos y dentro de equipos multidisciplinares, desarrollando tareas que
derivan –en su mayor parte- de funciones propias. Esto dio
lugar a la constitución de la Plataforma para la Definición Correcta de Enfermería, con el fin
de conseguir, como el propio
nombre de la Plataforma indica UNA
DEFINICIÓN CORRECTA DE ENFERMERÍA. La
tercera y, hasta el momento, última redacción, es: “Enfermería:....2.
Profesión y titulación de la persona que se dedica al cuidado y atención
de enfermos y heridos, así como a otras tareas sanitarias, siguiendo una
pauta médica”, redacción que sigue siendo inaceptable para nuestro
colectivo profesional, porque sigue limitando la actuación de los
profesionales al cuidado de los enfermos (y heridos) estableciendo que
lo hace siguiendo
una pauta médica. La inclusión de “..así
como otras tareas sanitarias” no
ayuda a expresar la naturaleza y sentido del vocablo Enfermería. La
Enfermería y la Medicina son disciplinas que, si bien comparten un
espacio común, lo hacen desde perspectivas muy diferentes y a la vez
complementarias, en las que también están presentes otras profesiones
que no se mencionan en la definición de la Real Academia y que, todas
juntas, componen el equipo de salud, ampliamente desarrollado en
Normativas de diverso rango. Por
otra parte, la redacción aprobada por la Real Academia no sólo molesta a
las enfermeras españolas, sino que no es comprendida por quienes no
siendo españolas se expresan en nuestra lengua. En la mayoría de los países
de habla hispana, al igual que en el nuestro, la Enfermería es una
disciplina universitaria y las enfermeras optan a grados superiores de
licenciatura y doctorado. Por todo
ello, pasamos a fundamentar la oposición del colectivo profesional de
Enfermería a esta nueva redacción. 2. FUNDAMENTACIÓN
Y JUSTIFICACIÓN Para una
mejor exposición de los fundamentos en los que basamos nuestras oposición,
haremos tres apartados: el primero desde un enfoque antropológico, el
segundo recogiendo un análisis sistemático del concepto y el tercero desde el enfoque de la misión de la Enfermería en la
sociedad actual. 2.1.- Enfoque
antropológico El
enfermero Dr. Siles González [2]
- Catedrático de Historia de
la Enfermería de la Universidad de Alicante - realiza un análisis "antropológico
del concepto enfermería que contribuye en gran medida a la clarificación
del significado histórico del mismo. El término anglosajón
"nurse" con el que se designa enfermería se deriva de palabras
latinas como nutrire (alimentar) y nutrix (mujer que cría). Conforme la
sociedad fue evolucionando, estas palabras fueron ampliando su significado
para adaptarlo a las nuevas realidades que iban surgiendo, tales como la
aparición de mujeres que lactaban y criaban niños de otras (nodrizas).
La palabra enfermería es mucho más reciente, pues es coetánea del término
enfermedad (infirmitas) y tal vez por ello, paradójicamente, define de
forma mucho más concreta la actividad del cuidador restringiendo la misma
a los cuidados de los enfermos (cuidador de enfermos/enfermero-a), lo cual
ha llevado a la confusión a la hora de interpretar de forma demasiado
estrecha una actividad ancestral que desde sus orígenes se ha ocupado de
tareas que iban mucho más allá del cuidado de los enfermos (…), desde
los orígenes del hombre, las actividades de enfermería tienen su reflejo
en los cuidados más elementales, que son los relacionados con la
supervivencia: los cuidados durante el parto, la crianza, la lactancia y
el destete." Gallego
Caminero et al.[3]
apuntan que el Manual Carbó "está
considerado como el primer manual de enfermería escrito en España en
1541" . En él se identifican todas las necesidades básicas que
Virginia Henderson con posterioridad identificaría en el siglo XX como
elementos de la práctica de la Enfermería. El Manual Carbó "en su
primera parte desarrolla en cincuenta y seis capítulos los cuidados que
las matronas deberían prestar a la madre y el niño durante todo el
proceso de embarazo, parto y
crianza". Según
Dasí García[4]
, la base del trabajo de Enfermería
"se encuentra en el conjunto de actividades orientadas a la resolución
de problemas relacionados con las dependencias que las personas presentan
en la satisfacción de las necesidades básicas que comprometen la salud
y/o la vida". 2.2.- Análisis sistemático del concepto Enfermería En
un estudio reciente, Camaño y Piqué [5]analizan
"la definición que dan de Enfermería los nuevos estudiantes matriculados en los estudios de enfermería, definición que
consideran muy cercana a lo que socialmente significa Enfermería",
y también estudian cómo "madura" dicha definición a lo largo del proceso educativo en el centro. Estos
autores realizan "un análisis
de contenido, cuantificando los términos utilizados por los alumnos en
las definiciones y ordenándolos de mayor a menor y observan que los
alumnos se han decantado mayoritariamente por los conceptos relativos a la
enfermedad, quedando la salud en un segundo plano. Asimismo, comprueban
que los alumnos se inclinan de una manera muy clara hacia aquellos
conceptos que tienen que ver con el individuo y menos con aspectos
sociales. Por otra parte, todos los conceptos que tienen que ver de una
forma más directa con la Enfermería, como cuidar,
ayudar, prevenir, quedan
en una posición destacada." Siguiendo
a Casares[6],
Camaño y Piqué “contabilizaron
los términos aportados por cada estudiante para, posteriormente, proceder
a realizar una sistematización del vocabulario reuniendo en grupos
conceptualmente homogéneos cuantas palabras guardan relación con un idea
determinada". De
dicha sistematización del vocabulario obtuvieron
"cinco grupos de términos conceptualmente homogéneos (conocimiento,
profesión, cuidar, sociedad, salud)". Con posterioridad desarrollan un
"mapa mental del concepto de Enfermería" y finalmente definen Enfermería como:
"Profesión dedicada al estudio del cuidado de la sociedad y de las personas en términos de salud y enfermedad." La acepción número 2 de la enmienda realizada por la Real Academia: "Profesión y titulación de la persona que se dedica al cuidado y atención de enfermos y heridos, así como a otras tareas sanitarias, siguiendo una pauta médica." recoge únicamente dos de los términos apuntados en el estudio de Camaño y Piqué. 2.3.-
La misión de la Enfermería en la sociedad actual En 1977, la XXX Asamblea Mundial de la Salud adoptó dos importantes resoluciones. La primera fue la histórica WHA30.43, declarando que: ”el principal objetivo social de los gobiernos y de la OMS en las próximas décadas debía ser el logro, de aquí al año 2000, para todos los ciudadanos del mundo, de un nivel de salud que les permitiese llevar una vida social y económicamente productiva”. El objetivo descrito en esta resolución en la actualidad es conocido popularmente como “Salud para Todos en el año 2000”. La segunda fue la WHA30.48, que, reconociendo la importancia del personal de enfermería en la atención primaria de salud, instaba a los Estados miembros a estudiar sus roles y funciones. [7] El
intento más notable para crear un nuevo enfoque para la salud y para la
atención sanitaria es, sin duda, la Declaración realizada en Alma-Ata en el marco de la 1ª Conferencia Internacional sobre
Atención Primaria de Salud (1978), celebrada bajo el patronazgo conjunto
de la OMS y de UNICEF y en la que participaron 140 naciones. La Declaración
marcó un punto de inflexión en la programación para la salud
comunitaria nacional e internacionalmente. En
1979, la Oficina Regional de la OMS para Europa publica un “Documento básico
sobre Enfermería” en
el que se expresa que: “La
Enfermería es una actividad innata y fundamental del ser humano y, en su
forma organizada, constituye una disciplina o ciencia sanitaria en sí
misma. Su responsabilidad esencial es ayudar a los individuos y grupos
(familia/comunidad) a funcionar de forma óptima en cualquier estado de
salud en que se encuentren. Esto significa que la disciplina abarca las
funciones de CUIDAR tanto en la salud como en la enfermedad y se extiende
desde la concepción hasta la muerte. Se ocupa de mantener, promocionar y
proteger la salud, cuidar al enfermo y ayudar a la rehabilitación.
Contempla los aspectos psico-somáticos y psico-sociales de la vida en lo
que estos afectan a la salud, la enfermedad y la muerte. La enfermería
requiere la aplicación de entendimiento, conocimientos y habilidades
específicas de la disciplina. Es a la
vez un arte y una ciencia y utiliza conocimientos y técnicas de las
ciencias físicas, sociales, médicas y biológicas, así como de las
humanidades. (....) El personal de
Enfermería trabaja sobre una base de colaboración con trabajadores de
otras disciplinas sanitarias..” [8] Reconocida
la importancia del papel de las enfermeras en la estrategia mundial de
salud para todos (que puso especial énfasis en la formación del personal
sanitario), y con el objetivo de discutir en toda la región europea los
cambios necesarios en la práctica, la formación, la investigación y la
legislación en Enfermería, la OMS convocó la Primera Conferencia Europea sobre Enfermería, que se celebró
en Viena en 1988. Anteriormente a esto, numerosas discusiones locales y
nacionales –en las que participaron representantes de organizaciones
nacionales, gubernamentales y no gubernamentales así como aproximadamente
155.000 enfermeras europeas- levantaron la conciencia de la necesidad de
una reorientación en la práctica y en la formación de Enfermería. Los
participantes de la Conferencia recomendaron que debían crearse servicios
de Enfermería innovadores que se centraran en la salud más que en la
enfermedad.[9] Después
de la Conferencia de Viena, el
nuevo rol de la enfermera europea fue más adelante descrito y
clarificado en encuentros consultivos internacionales, y una serie de fascículos
publicados por la Oficina Regional de la OMS para Europa (la Salud para
todos Series de Enfermería) fueron realizados para publicar los
resultados. El acuerdo fue que: ”La
misión de la Enfermería es ayudar a los individuos, familias y
grupos a determinar y conseguir su potencial físico, mental y social, y a
realizarlo dentro del contexto desafiante del medio en que viven y
trabajan. Esto requiere enfermeras que desarrollen y realicen funciones
que se relacionen con el fomento y mantenimiento de la salud, así como la
prevención de la enfermedad. Enfermería incluye también la planificación
y la prestación del cuidado durante la enfermedad y la rehabilitación,
abarcando los aspectos físicos, mentales, sociales y espirituales de la
vida, que pueden afectar a la salud, la enfermedad, a la discapacidad y a
la muerte.(.....) Las
enfermeras trabajan en pie de igualdad con miembros de otras profesiones
y actividades implicadas en prestaciones de cuidados de salud y servicios
relacionados con ella. (....) La enfermera acepta la
responsabilidad y ostenta la autoridad requerida en la prestación directa
de cuidados de enfermería a los individuos, familias, grupos y
comunidades. La enfermera es una profesional que ejerce de una forma autónoma
la Enfermería, y es la responsable del cuidado que ella administra. La
enfermera es el eje del equipo en los cuidados de enfermería. Ella tiene
también la responsabilidad de evaluar sus necesidades personales para una
formación continuada en la gestión, en la docencia, en la práctica clínica
y en la investigación y tomar las acciones pertinentes para satisfacer
esas necesidades. Las funciones de la enfermera derivan directamente de la misión de la Enfermería en la sociedad. Estas funciones se mantiene constantes independientemente del lugar (el hogar, el trabajo, la escuela, la universidad, la prisión, los campos de refugiados, los hospitales, los centro de atención primaria, u otros lugares) o, del momento en que son prestados los cuidados de enfermería, el estado de salud del individuo, o del grupo que vaya a ser atendido, o de los recursos disponibles. Además estas funciones deberán estar reflejadas en la legislación que afecta a la Enfermería de cada país.” [10] Por
otra parte, en 1997 El Comité Consultivo para la formación de enfermeras
de la Unión Europea, del que forma parte una delegación española desde
1987, (CCFI) hace referencia al papel, las funciones y responsabilidades
de las enfermeras establecidas por el Consejo de Europa [11]
destacando que “las enfermeras
desempeñan cuatro tareas
principales: 1.
Garantizan
los cuidados
generales a individuos, familias y comunidades, ya sea en el plano de
fomento de la salud, de la prevención, de la cura, de la rehabilitación,
de los cuidados paliativos o de la ayuda, y a gestionar
los cuidados de enfermería; 2.
Actúan
en calidad de expertos en cuidados de enfermería en el marco de un equipo
de
asistencia multidisciplinar y en la sociedad; 3.
Educan al
personal sanitario, a los pacientes, a los clientes y a sus familias; 4.
Desarrollan
la práctica de los cuidados de enfermería mediante la reflexión crítica
y se apoyan en la investigación
“ La
estrategia de “Salud para Todos en el año 2000” supuso un cambio
significativo en la configuración de los sistemas de salud y en la
orientación de la formación y del trabajo de las enfermeras, que debían
ser agentes esenciales para el desarrollo y mejora de las estrategias de
salud para todos como se desprende de las Recomendaciones de la Conferencia Europea sobre Enfermería (Viena, 1988) y de la
Resolución WHA45.5 de la 45ª Asamblea Mundial de Salud sobre el
fortalecimiento de la Enfermería y Matronería en apoyo a las estrategias
de salud para todos, (mayo de 1992) . Las Resoluciones de la OMS y sus Recomendaciones, así como posteriormente las de la Unión Europea a partir de 1986 en que España firmó el Tratado de Adhesión a la Comunidad Económica Europea, han tenido un impacto evidente en nuestro país, que se refleja en actuaciones concretas llevadas a cabo en España en los últimos 23 años del siglo pasado.
3. SITUACIÓN
DE LA ENFERMERÍA EN ESPAÑA. Algunos aspectos. 3.1 .
Relativos a la Formación de las enfermeras En 1977,
en España, las Escuelas de
Enfermería dependientes de las Facultades de Medicina, se transformaron
en Escuelas Universitarias de Enfermería, totalmente integradas en el
modelo educativo universitario. Esto supuso la superación de un modelo de
formación basado principalmente
en la adquisición de competencias técnicas y prácticas. Desde 1977 los planes de estudios están orientados hacia una formación que aporta a las enfermeras conocimientos transferibles tales como la reflexión crítica, la toma de decisiones y la capacidad de actuar de forma competente y autónoma en el seno de un equipo pluridisciplinar e interprofesional, lo que está en coherencia con lo que - veinte años después- en 1997 se recoge en el Informe del CCFI de octubre de 1997 [12].Asimismo, según este Informe “la mayoría de los Estados miembros (de la Unión Europea) han modificado radicalmente sus sistemas de formación en los últimos diez años o están procediendo a hacerlo en la actualidad” Por tanto, España precedió en muchos años a otros países de la Unión Europea en la reorientación de la formación de las enfermeras, recomendada por la OMS. En
desarrollo de la Ley Orgánica 11/1983 de 25 de agosto de Reforma
Universitaria (L.R.U) ,el Real Decreto de 26 de septiembre 1888/84
(Ministerio de Educación y ciencia, BOE 26 de octubre de 1984) que regula
los concursos para provisión de plazas de catedráticos y profesores de
Universidad y de Escuelas Universitarias, establece en su art. 4º. Que:
“...........El Consejo de Universidades podrá determinar las áreas de
conocimiento específicas de las Escuelas Universitarias en las que sea
suficiente el título de Diplomado....” Asimismo, incluye en Anexo un
catálogo de las áreas de conocimiento, entre las que se encuentra la de
Enfermería. Por tanto, Enfermería
es una disciplina profesional con área de conocimientos propia, lo
que implica la posibilidad de desarrollo e investigación propia. La Orden
Ministerial de febrero de 1984 , del Ministerio de Educación y Ciencia,
que establece las Normas transitorias de desarrollo del R.D.
1888/84 (BOE 16 de enero de 1985) , regula en su apartado Séptimo que los
Diplomados en Enfermería pueden concursar a plazas de profesor Titular en
las Escuelas Universitarias de Enfermería, en el área de conocimiento de
Enfermería, y ello en base a la correspondencia entre la titulación
y el área de conocimiento. Actualmente,
son múltiples las enfermeras que
ocupan plazas de Profesor titular en las Escuelas Universitarias de
Enfermería. Asimismo las enfermeras dirigen la mayoría
de las Escuelas Universitarias de Enfermería en España, criterio
refrendado por Recomendaciones de la OMS y de la Unión Europea, recogidas
en diversos documentos, entre los que citamos algunos a continuación: ü
Declaración
de Viena sobre Enfermería en apoyo de los Objetivos Europeos de Salud
para Todos (junio 1988) ü
Resolución
WHA45.5 de la 45ª Asamblea Mundial de Salud sobre el fortalecimiento de
la Enfermería y Matronería en apoyo de las estrategias de salud para
todos (mayo 1992) ü
Informe y
recomendaciones sobre la formación de los enfermeros responsables de
cuidados generales en la Unión Europea adoptados por el Comité
Consultivo para la formación de enfermeras en abril de 1997. ü
“Nurses and
Midwives for Health”. A WHO European strategy for nursing and Midwifery
Education. (14 mayo 1999) ü
Informe
del Comité Permanente de Enfermería de la Unión Europea (PCN) (1999) En
todos ellos se recogen Recomendaciones,
ampliamente argumentadas, en el sentido de que los Directores de las Escuelas de Enfermería deben ser enfermeras
o enfermeros cualificados. 3.2. .
Relativos al ejercicio profesional de la Enfermería La
Reforma Sanitaria llevada a cabo en nuestro país, a partir de la
promulgación de la Ley 14/1986 de 25 de abril, General de Sanidad, ha
conllevado un proceso de Reforma Hospitalaria y de la Atención Primaria
muy importante en las dos últimas décadas. En
lo referente al trabajo de las enfermeras en el ámbito de la Atención
Primaria, los principales cambios tienen su base en lo establecido por
Real Decreto 137/1984 de 11 de enero sobre Estructuras básicas de salud,
la modificación del Estatuto de personal auxiliar sanitario en dicho año,
y especialmente la aparición del artículo 54 bis de
dicho Estatuto por el que se crea la modalidad de enfermera de atención
primaria, lo que hizo que la situación cambiase notablemente. Dicho
artículo es el que permitió
la aparición de las Consultas de
Enfermería, consultas en las
que las enfermeras atienden
directamente a la población (sanos y enfermos) y no requieren la
supervisión de ningún médico. En
el citado artículo se reconoce a las enfermeras las funciones
de fomento de la salud y
prevención de las enfermedades y accidentes de la población y no se
indica de ningún modo que
dichas actuaciones deban ser realizadas bajo la supervisión de un médico
ni siguiendo pauta médica alguna. Es
más, en la práctica habitual la mayoría de las actividades relacionadas
con la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad, en las
que participan distintos profesionales, incluidos médicos, son gestionadas y coordinadas por las enfermeras. En
un reciente estudio de investigación, Duarte Climents et al.[13]
analizan el origen de las intervenciones que realiza la enfermera y
reconocen que únicamente un
28 % de esas actividades tiene origen en una prescripción médica,
mientras que un 62 % de las mismas
es decisión propia de la
enfermera, de acuerdo con un
programa de salud o prevención o por la demanda del propio ciudadano o
cliente. Cabe
señalar que las Direcciones de Enfermería de Atención Primaria están
desempeñadas por enfermeras que no sólo dirigen al personal de Enfermería
sino que coordinan algunas
actividades en las que están implicados
profesionales de otras disciplinas, incluidos médicos. En lo
que concierne a otros ámbitos de actuación y de responsabilidades de las
enfermeras, cabe destacar las
Disposiciones recogidas en el Real Decreto 521/1987 de 15 de abril (Mº de
Sanidad y Consumo) que regula el Reglamento sobre estructura, organización
y funcionamiento de los Hospitales
gestionados por el Instituto Nacional de la Salud. El Art. 6º de dicho
Real Decreto, establece las
Divisiones en las que se agrupan los servicios y actividades de los
Hospitales, encontrándose entre ellas la División Médica y la División
de Enfermería. El Art. 12º.1 establece que al frente de la División de
Enfermería existirá un
Director de Enfermería, quien deberá poseer la titulación de Diplomado
en Enfermería (o equivalente) y a quien corresponde, entre otras, las
funciones de: ü dirigir, coordinar y evaluar el funcionamiento de las Unidades y Servicios de la División de Enfermería y las actividades del personal integrado en los mismos. [Art. 12.2 a)] ü Promocionar y evaluar la calidad de las actividades asistenciales, docentes e investigadoras desarrolladas por el personal de Enfermería. Asimismo,
el art. 7, apartado 3 de este Real Decreto establece que “Los Directores de las Divisiones Médica, de Enfermería ......
dependerán orgánica y funcionalmente del director Gerente”. Es decir que, el Director Médico y el de Enfermería
figuran al mismo nivel en la estructura organizativa de los
hospitales, teniendo cada uno de ellos autonomía respecto al otro para dirigir sus respectivas Divisiones. Es
conveniente aclarar que así como el Director de Enfermería debe poseer
el título de Diplomado en Enfermería, el Director Médico debe poseer el
de Licenciado en Medicina y Cirugía, pero respecto al Director Gerente y
en lo que a requisitos académicos se refiere, la Norma establece solamente que deberá “poseer titulación superior
universitaria”, por lo que el nombramiento de tal cargo puede recaer en
personas que no tengan vinculación académica alguna con la Medicina,
hecho que se constata ampliamente en los últimos años. Señalar también
que en la actualidad existen algunos hospitales en España en los que el
Director Gerente ha sido nombrado sin más titulación que la de Diplomado
en Enfermería. 4.
CONCLUSIÓN Si
“Definir” es fijar con
claridad, exactitud y precisión la significación de una palabra o la
naturaleza de una cosa,
entendemos que la redacción
aprobada por la Real Academia Española del vocablo “Enfermería”, en
lo que a disciplina profesional se refiere, no cumple tales requisitos
en los actuales
tiempos. Si mantener el concepto “..normalmente
bajo la dirección de un médico” hubiera supuesto situar la práctica
profesional de la Enfermería en la anormalidad o fuera de norma durante más
de 20 años negando la
realidad, mantener la nueva redacción sería negar la principal razón de
ser y la realidad evidente de la profesión de Enfermería, no sólo en
nuestro país sino en otros muchos países de habla hispana. ¿Se
puede hablar de precisión, exactitud y claridad, negando la realidad de
una práctica profesional normalizada
e implantada de una forma real y consolidada en el sector sanitario
durante más de 20 años? ¿Se puede pretender una definición nueva construida sobre conceptos viejos? Por todo
lo expuesto, pedimos una nueva revisión de la redacción del término
“Enfermería” en la acepción referida a nuestra profesión, con el
fin de que se exprese de forma correcta el sentido y empleo que el vocablo
Enfermería, referido a disciplina profesional, tiene en la realidad de la
sociedad actual. Asimismo, pedimos que se considere la posibilidad de que la acepción de Enfermería referida a esta disciplina profesional sea la primera acepción de este vocablo y no la segunda, pues parece más lógico que en el orden figure antes la profesión que el local dónde ésta es ejercida. Documentos
utilizados en la elaboración de esta justificación: ü
Informe de la Asociación Española de
Enfermería Docente. Madrid, enero
2001 ü
Informe de
la Asociación de Enfermería Comunitaria. Valencia, diciembre 2000 ü
Manifiesto
Fundación Index.. Granada, enero 2001 Madrid, 31 de enero de 2001 [3]
Gallego
Caminero, G; Ferrer de San Jordi, P; Ponsell,E. Bover, A. Mulet i Ferrer, JM. 1995. El manual Carbó para las
matronas del siglo XVI. Index Enferm; IV (12-13):96X [5]
Camaño y Piqué, J. Concepto de enfermería. Un análisis sistemático.
Rev. ROL Enf; 22 (7-8) 539-543.X [7]
“Enfermería
en acción”. Publicación de la OMS editada por el Ministerio de
Sanidad y Consumo. Madrid,1993,pág. 25X [8]
Hall,
Dorothy C. “Documento básico sobre Enfermería”. OMS Oficina Regional Europea. Copenhague.1979.X [11]
CCFI
(Comité Consultivo para la formación de enfermeras de la Unión
Europea). “Informe y Recomendaciones sobre la formación de las
enfermeras responsables de cuidados generales en la Unión Europea”
(XV/E/9432/6/96-ES, Bruselas, 10 de octubre de 1997) Bruselas 1977. Pág.
30X [13]
Duarte
Climents, G.; Montesinos Alfonso,
N.; Sadurní Querol, A.; Socilia Sosvilla, I.; Aparicio Parrado, C.;
Definición de un catálogo de intervenciones de enfermería y su
utilización como hoja de registros de las actividades de enfermería
en las consultas de Atención Primaria. Enfermería Clínica, 8 (5):
203-209X |
|